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CONSIDERACIONES DE LA RAS ANTE LA VIGENCIA DE LA LEY DE MEDICINA PREPAGA

En reuniones de Comite Ejecutivo, Fondo Solidario Nacional y con Entidades de las distintas Cámaras de Medicina Prepaga se ha arribado a las siguientes conclusiones:

1. La Ley 26.682 esta vigente e involucra a todos los que realizamos actividad de medicina prepaga.

2. En consecuencia y dada la reglamentación existente a la fecha, nos declaramos en ESTADO DE ALERTA.

3. Esto nos lleva a generar respuestas inmediatas y determinar o recomendar medidas de aplicaciones generales y/o particulares.

4. La ley de Medicina Pre Paga y la Reglamentación vigente ( no se puede rechazar a ningún solicitante por edad ni por enfermedades preexistentes, y no habrá períodos de espera ) , ha generado para las entidades una situación de riesgo técnicamente no mensurable. Las primeras estimaciones actuariales indicarían que a nivel macro – país haría falta un poco más que duplicar las cuotas para asumir el riesgo que implica la nueva regulación .

5. Se constituye en Sede Central una asesoría legal para responder situaciones que pudieran presentarse con respecto a la ley. Por ello se solicita que ante casos que surjan, se comuniquen a la brevedad para coordinar con sus respectivas áreas legales.

6. El Fondo Solidario Nacional de la RED, resolvió no atender casos de nuevas adhesiones de planes propios producidas después del 22 de diciembre por el término de 60 días hasta tanto se analicen normas específicas para estos planes.

7. Es nuestra convicción aportar ideas que puedan ayudar a la viabilidad de nuestra actividad, tales como agregar sugerencias a la Reglamentación:

1) la Obligación de permanencia de un año.

2) Como en las OOSS , las patologías de los 9 primeros meses deben estar a cargo del financiador previo

3) Atención de eventos durante las carencias similares a las de los Monotributistas, para quienes nunca aportaron a ningún sistema, solventados por un Fondo mixto, principalmente estatal.

4) Obligación de adhesión del grupo familiar completo

5) Regulación de las situaciones de doble cobertura , obligando al segundo financiador a abonar el 50 % de los costos incurridos

6) Definición clara del territorio argentino como el ejido en que la cobertura de la prestación será obligatoria

7) Selección adversa de personas extranjeras , antes de los 3 años de residencia

8) Posibilidad de selección adversa cuando el solicitante tiene otra cobertura integral

9) Agregar planes parciales de prestaciones médicas y paramédicas

Ambulatorias

8) Propiciar la creación de un Fondo de Enfermedades No Cubiertas o en Carencias (a cargo del Estado con aporte solidario de las pre pagas : del 2 % de la facturación ) Y/o un Fondo Nacional Universal de Enfermedades de Alto Costo, sostenido por aportes de todos los sectores, sin subsidio cruzado entre ellos, que sea prestador - financiador de alta complejidad y alto costo , y no de reintegro.

Sin otro particular, saludamos a ustedes muy atentamente.

 

RECOMENDACIONES TECNICAS ANTE LA VIGENCIA DE LA LEY 26.682

Según lo anunciado en la circular número 133/11 recomendamos las siguientes medidas:

*SE SUGIERE FUERTEMENTE CERRAR LAS ADHESIONES DE AFILIADOS A PLANES PROPIOS (haciéndolo constar en actas del pre pago, comunicando al Circulo o Asociación Médica, con nota al área comercial, no adhiriendo en forma temporaria en este plan hasta tanto se haga un diagnostico exhaustivo de la situación) Es recomendable un cartel interno comunicando esta decisión.

*No crear inestabilidad en los afiliados existentes, los cuales continúan con todos sus derechos.

*Se sugiere desarrollar nuevas alternativas comerciales:

A) monotributo mas suntuarios (con una cuota adicional no por prestaciones de salud, sino por prestaciones suntuarias)

B) traspasos con otras OOSS que permitan gestionar planes NO COMO PRE PAGA, sino como administradores de prestaciones

C) traspasos con OOSS de Dirección (idem)

D) traspasos de PAMI (con solo prestaciones locales ambulatorias a cargo nuestro, con igual esquema )

E) Planes Ambulatorios

F) Sistemas Post Pagados

G) Otros servicios: farmacias mutuales, integración horizontal (Kinesio, Odonto, Fono, Psicopedagogía, Psicología, Psiquiatría , etc. )

* Algunas otras medidas a considerar son:

  • Establecer un Plan Único para nuevas adhesiones ( previendo que tuvieran PREXISTENCIAS )
  • Establecer y garantizar una política comercial unificada ( telemarketing 90 días + vendedores en cantidad suficiente para salir a buscar afiliados y no esperar que vengan )
  • Establecer un modelo único de manejo de cuota y preexistencias.
  • Rechazar afiliados con preexistencias que tengan PAMI Y U OTRAS OBRAS SOCIALES QUE NO QUIERAN AFILIAR A TODO EL GRUPO FAMILIAR.

Sin otro particular, saludamos a ustedes muy atentamente.

 

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